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ITURBIDE, DEBORA KARINA c/ GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La actora promovió recurso de apelación contra la sentencia que le reconoció el derecho a percibir prestaciones dinerarias por lesiones derivadas de su trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y dispuso actualizar el capital de condena mediante el índice de precios al consumidor más un interés anual del 3%.

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Prestaciones dinerarias por accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia. Dispuso actualizar el capital de condena por el IPC más 3% anual de interés, confirmando lo resuelto en materia de costas y honorarios. Fundamentos principales:
- El tribunal analizó la cuestión de la imposibilidad de indexación de deudas ante el notorio proceso inflacionario, conforme jurisprudencia de la CSJN.
- Sostuvo que la metodología de capitalización periódica de intereses bancarios no se ajusta al Código Civil y Comercial según el precedente "Oliva" de la CSJN.
- Declaró la inconstitucionalidad del art. 7 de la Ley 23.982 que prohíbe la actualización monetaria.
- Consideró que la pauta de actualización por IPC más 3% anual, prevista en el Decreto 70/84, resulta la más apropiada para respetar los parámetros indicados por la CSJN.

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