CENTURION SANCHEZ, DIOSNEL c/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La demandada apeló la imposición de costas por el rechazo de la excepción de incompetencia. La Cámara declara mal concedido el recurso de apelación, debiendo tenerse presente con efecto diferido.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: CENTURION SANCHEZ, DIOSNEL
Demandado: PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.
Objeto de la demanda: Accidente
- Ley Especial
Decisión: La Cámara declara mal concedido el recurso de apelación interpuesto por la demandada contra la imposición de costas por el rechazo de la excepción de incompetencia.
La Cámara señala que es el órgano de segunda instancia el que tiene la facultad de determinar la admisibilidad del recurso de apelación, no estando ligado por la resolución del juez de primera instancia. En este caso, la resolución apelada (imposición de costas por rechazo de excepción) no encuadra dentro de las excepciones previstas en el art. 110 de la Ley Orgánica, por lo que corresponde tener presente el recurso con efecto diferido hasta la sentencia definitiva, a fin de evitar un dispendio jurisdiccional y preservar las garantías de defensa y economía procesal.
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