FERNANDEZ, SUSANA BEATRIZ Y OTRO c/ PROVINCIA ART S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La parte actora promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, declarando la inconstitucionalidad de las normas que prohíben la actualización monetaria y ordenando el reajuste del crédito conforme a índices y tasas de interés compensatorio.
Accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Declaró la inconstitucionalidad de las normas que prohiben la actualización monetaria y ordenó el reajuste del crédito conforme a índices y tasas de interés compensatorio, a fin de preservar el principio de reparación integral y el carácter alimentario del crédito. "Corresponde disponer que el crédito que decidido diferir a condena (que en su determinación ha sido expresado a valores históricos), deberá ser actualizado conforme el índice IPC Nación, según publicaciones oficiales del INDEC, desde que cada concepto que integra la condena fue debido y hasta la fecha de su efectivo pago, a lo que deberá adicionarse un interés del orden del 3% anual por igual período, todo ello hasta el momento de su efectivo pago, mediante depósito judicial en autos dentro del plazo de 5 días de practicada la liquidación prevista por el artículo 132 de la L.O., y sin perjuicio de su eventual ajuste si al momento de practicarse la misma no se encontraren publicados los índices hasta esa fecha."
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