MALATESTA, DAMIAN ALEJANDRO c/ PRODUCTORES DE FRUTAS ARGENTINAS COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA s/RECURSO LEY 27348
El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia en cuanto a la forma de calcular los intereses.
Indemnización por accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia en cuanto al cálculo de los intereses. Estableció que el capital de condena debe actualizarse por el índice RIPTE desde la fecha del accidente y luego aplicar un interés moratorio puro del 6% anual hasta la liquidación. A partir de allí, aplicar el interés promedio de la tasa activa del Banco Nación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La ley 26.773 establece que los intereses deben computarse desde la fecha del evento dañoso.
- El decreto 669/2019 prevé un sistema de actualización por el índice RIPTE que es válido como excepción a la prohibición de indexación.
- El interés puro del 6% anual hasta la liquidación compensa la privación del capital, dado que la condena se fija a valores actualizados.
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