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AVALOS, PEDRO RICARDO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y dispuso la liquidación de la indemnización con actualización por RIPTE y adición de intereses moratorios.

Indemnizacion Accidente de trabajo Intereses moratorios Inconstitucionalidad Superintendencia de seguros de la nacion Ripte


¿Quién es el actor?

AVALOS, PEDRO RICARDO

¿A quién se demanda?

PROVINCIA ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

Se modifica la sentencia de primera instancia. Se ordena que la liquidación en la etapa del art. 132 LO se practique aplicando el coeficiente de edad, una incapacidad del 37% de la TO y un IBM de $ 433.897,71 a valores de julio de 2022, repotenciado con el Índice RIPTE desde la fecha del siniestro. Además, se deberá adicionar un interés del 6% anual desde la fecha del accidente hasta la determinación de la indemnización y el importe que surja en los términos del art. 3° de la ley 26773.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

1) El decreto 669/19 que dispuso la aplicación del RIPTE para actualizar el ingreso base es válido e imperativo, a diferencia de las posteriores resoluciones de la SSN que resultan inconstitucionales por exceder las facultades delegadas. 2) El art. 12 inc. 3 de la LRT prevé solo el interés moratorio por incumplimiento, por lo que corresponde adicionar un interés moratorio puro del 6% anual desde la fecha del accidente hasta la determinación de la indemnización.

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