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CARABAJAL, MARTIN PABLO EMANUEL c/ CONSERSA CONSULTORES DE SERVICIOS S.A. Y OTROS s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia, actualizando el capital de condena y reduciendo la responsabilidad de los codemandados.

Intereses Actualizacion monetaria Inconstitucionalidad Responsabilidad solidaria Despido Ripte Presuncion de laboralidad

Despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia, actualizando el capital de condena mediante el índice RIPTE más una tasa de interés del 6% anual, y limitando la responsabilidad de los codemandados Sozzani y Aguas y Saneamientos Argentina SA. Los principales fundamentos fueron:
- Consersa no acreditó que el actor fuera un empresario independiente, por lo que corresponde aplicar la presunción de laboralidad del art. 23 LCT.
- Se configura responsabilidad personal de Sozzani por la maniobra fraudulenta de encubrir la relación laboral.
- Aguas y Saneamientos Argentina SA es responsable solidaria en los términos del art. 30 LCT, por ser la actividad del actor parte de la normal y específica de aquélla.
- La prohibición de indexación del art. 7 ley 23.928 es inconstitucional en el caso, por producir una pulverización del crédito laboral.
- Para la actualización se utilizará el índice RIPTE más una tasa de interés del 6% anual.

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