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SANTA CLARA, ALBERTO JESUS c/ OMINT ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por reclamo de prestaciones derivadas de enfermedades profesionales. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y ordenó calcular la indemnización de acuerdo a la actualización del ingreso base mensual por RIPTE.

Indemnizacion Intereses moratorios Ley de riesgos del trabajo Intereses compensatorios Enfermedades profesionales Ripte Decreto 669 19

Prestaciones por enfermedades profesionales

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar al reclamo. Ordenó calcular la indemnización actualizando el ingreso base mensual por el índice RIPTE, sin aplicar intereses compensatorios adicionales, y con intereses moratorios del 6% anual. Los fundamentos principales son:
- La Cámara consideró que el Decreto 669/19 es aplicable, al haber cesado la suspensión cautelar de su vigencia, y que el mismo establece la actualización del ingreso base por RIPTE, sin admitir intereses compensatorios adicionales.
- Sin embargo, la Cámara entendió que corresponde aplicar intereses moratorios del 6% anual en caso de incumplimiento en el pago.
- También se modificaron las regulaciones de honorarios de primera instancia.

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