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ORTIZ, MARIA PAULINA c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La trabajadora demandó a la ART por aumento de la incapacidad psicológica y los intereses del crédito. La Cámara modificó la sentencia elevando el porcentaje de incapacidad y ajustando el cálculo de intereses.

Intereses Honorarios Incapacidad Accidente de trabajo Actualizacion

Aumento de incapacidad psicológica y adecuación de intereses

¿Qué se resolvió?


- Se eleva la incapacidad psicológica del 5% al 10%, fijando una incapacidad total del 21,4%
- Se modifica la actualización del crédito, aplicando la tasa efectiva anual sugerida por el Acta 2658 y no la tasa nominal anual
- Se deja sin efecto lo resuelto en primera instancia sobre costas y honorarios, imponiéndolos a la demandada vencida
- Se regulan los honorarios del 17% para la actora, 12% para la demandada y 7% para el perito médico

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El decreto 659/96 es de aplicación obligatoria en el fuero laboral, por lo que corresponde fijar una incapacidad psicológica del 10%
- La tasa efectiva anual es más idónea que la tasa nominal anual para reflejar la realidad económica y evitar resultados injustos
- Corresponde aplicar la actualización por RIPTE desde la fecha del siniestro hasta el pago, más un interés puro del 6% anual
- En caso de mora, se aplicarán intereses moratorios capitalizados semestralmente según la tasa activa del Banco Nación

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