GONZALEZ, NORMA BEATRIZ c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La actora reclamó la incapacidad derivada de un siniestro acaecido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y dispuso la actualización monetaria del crédito y la modificación de los honorarios.
Incapacidad derivada de un accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
- Se confirma en lo principal la sentencia de primera instancia
- Se modifica la tasa de interés a aplicar, disponiendo que la suma por la que prospera la acción debe ser actualizada desde la fecha del infortunio y hasta su efectivo pago, de acuerdo con el índice de precios al consumidor que publica el INDEC (IPC), con más una tasa de interés pura del 3% anual.
- Se reducen los honorarios del abogado de la actora a 23 UMA y los del perito médico a 6 UMA.
Fundamentos relevantes:
- La Cámara considera que el art. 7 de la ley 23.928 (texto según ley 25.561) y el art. 12 ap. 2 de la ley 24.557 (según ley 27.348) resultan violatorios del derecho de propiedad consagrado en el art. 17 de la Constitución Nacional, al provocar una pulverización del crédito de la trabajadora.
- Por ello, corresponde actualizar el crédito por aplicación del IPC, con una tasa de interés pura del 3% anual.
- Se reduce el monto de los honorarios del abogado y perito médico, por considerarlos elevados.
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