BONET, MYRIAM EDITH c/ KOPELCO S.A. s/DESPIDO
La actora promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia y determinó un ajuste en el cálculo de los intereses a aplicar sobre el crédito indemnizatorio.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora demandó a la empresa Kopelco S.A. por despido. En primera instancia se hizo lugar a la demanda. Ambas partes apelaron.
La Cámara confirmó la decisión de primera instancia en lo principal que declaró el despido injustificado. Sin embargo, modificó el criterio de cálculo de los intereses a aplicar sobre el crédito indemnizatorio. Los jueces entendieron que corresponde aplicar un interés que contemple la depreciación monetaria, junto a una tasa compensatoria, hasta el 31/12/2023. A partir de 2024 se aplicará solo la tasa de interés del acta 2658.
Los fundamentos principales son:
- La tasa de interés debe ponderar la mora del deudor, compensar la imposibilidad del acreedor de disponer del dinero y atender al carácter alimentario del crédito laboral.
- Se fija un interés del 18% anual complementario a la tasa del acta 2658 hasta 2023, atendiendo a la abrupta pérdida del poder adquisitivo de la moneda.
- A partir de 2024 se aplicará solo la tasa del acta 2658, pudiendo revisarse según la evolución económica.
- Se rechaza declarar la inconstitucionalidad de las normas que prohíben la actualización monetaria, por considerarlo una medida de última ratio.
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