ALEGRE CIRILO, CLAUDIA FABIANA c/ AUTOMOVILES SAN JORGE S.A. Y OTRO s/DESPIDO
Tras revocar la sentencia de primera instancia, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó el cálculo de intereses y reguló los honorarios de los profesionales.
DESPIDO
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia en lo referido al cálculo de intereses y regulación de honorarios. Respecto a los intereses, determinó que al crédito del actor se le adicione como interés moratorio exclusivamente el CER, desde la exigibilidad del crédito hasta el efectivo pago. En cuanto a los honorarios, los reguló para los profesionales de ambas partes y de la perita contadora.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara se remitió a lo resuelto en autos "VILLANUEVA NÉSTOR EDUARDO C/PROVINCIA ART SA Y OTRO" en lo relativo al cálculo de intereses. Asimismo, en ejercicio de las facultades previstas en el artículo 279 del CPCCN, procedió a emitir un nuevo pronunciamiento sobre costas y honorarios.
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