IGLESIAS, FABIANA KARINA c/ EXPERTA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La actora reclamó indemnización por daños derivados de un accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia al disponer que el monto de condena se actualice por RIPTE sin aplicar la Resolución 1039 e incrementó los honorarios profesionales.
Indemnización por daños derivados de un accidente laboral
¿Qué se resolvió?
Se confirma parcialmente la sentencia de primera instancia, modificando la tasa de interés y los honorarios profesionales. La Sala analizó los agravios de ambas partes. Respecto a la impugnación de la demandada sobre la valoración del informe pericial médico, la Cámara consideró que la apelante no cuestionó razonadamente los fundamentos de la sentencia de grado, por lo que desestimó este agravio. En cuanto a la fecha de inicio de los intereses, la Cámara entendió que corresponde aplicar la normativa posterior a la reforma de la Ley de Riesgos del Trabajo, por lo que los intereses deben correr desde la primera manifestación invalidante. Sobre la tasa de interés, la Cámara adhirió al criterio de la actualización por RIPTE más un interés puro del 3% anual, sin aplicar la Resolución 1039, por considerar que ésta contraría el texto y espíritu del decreto 669/19. Finalmente, la Cámara consideró que los honorarios de la letrada de la actora y de la perita odontóloga eran insuficientes, por lo que los fijó en el 16% del monto total de condena y en 65 UMA, respectivamente.
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