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JARA CARINA EDITH c/ SERES S.A. RECURSOS HUMANOS . s/DIFERENCIAS DE SALARIOS

La trabajadora reclamó diferencias salariales por tareas en un call center. La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente a su reclamo.

Regulacion de honorarios Prescripcion Responsabilidad solidaria Diferencias salariales Call center Jornada reducida

Diferencias salariales por tareas en call center

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó el fallo de primera instancia que hizo lugar parcialmente al reclamo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara rechazó el agravio de la demandada sobre la defensa de prescripción, confirmando que el reclamo se inició el 5/9/2011 y no el 9/9/2011 como sostenía la empresa.
- Confirmó que las tareas de call center deben ser remuneradas como jornada completa, de acuerdo a la categoría y convenio aplicable, sin reducir proporcionalmente el salario.
- Rechazó el agravio de la demandada sobre la responsabilidad solidaria de otra empresa, por considerar que no cuestionó adecuadamente los fundamentos de la sentencia de primera instancia.
- Confirmó la regulación de honorarios a la representación letrada y al perito contable.

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