PAGANI, MARIA LUISA CLAUDIA c/ ASOCIART ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La trabajadora reclamó una incapacidad por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó el porcentaje de incapacidad determinado en primera instancia y modificó el cálculo de intereses.
Incapacidad por accidente de trabajo del 6/6/2018
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó el porcentaje de incapacidad del 20% T.O. determinado en primera instancia, pero modificó el cálculo de intereses, estableciendo que deben aplicarse desde la fecha del siniestro hasta la notificación de la demanda, con capitalización del nuevo importe a las mismas tasas hasta el efectivo pago.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Los argumentos de las partes no alcanzan a demostrar error en las conclusiones del perito médico, por lo que corresponde confirmar el porcentaje de incapacidad.
- Respecto a los intereses, se aplica el criterio de la Sala en una causa anterior, devengándose desde la fecha del siniestro y capitalizándose al momento de notificación de la demanda.
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