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RETAMAR, LEONARDO FABIO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia al establecer que la prestación dineraria deberá actualizarse al momento de la liquidación y devengará intereses.

Intereses Actualizacion monetaria Accidente de trabajo Ripte Ley 27348

Recurso ley 27348 por accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia para establecer que la prestación dineraria de $18.988.383,10 deberá actualizarse por el índice RIPTE al momento de la liquidación y devengará intereses del 6% anual desde la fecha del siniestro.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara consideró que la actualización debe efectuarse a valores de la fecha de la liquidación, aplicando la variación del índice RIPTE sobre el ingreso base mensual. Además, corresponde el pago de intereses del 6% anual desde la fecha del siniestro y hasta la liquidación. En caso de mora, se aplicará la capitalización semestral según la tasa activa del Banco Nación.

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