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CARDOZO, PABLO EMMANUEL c/ SECURITAS ARGENTINA S.A. s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y redujo el monto de condena por entender que no correspondía la aplicación de la punición del art. 80 de la LCT.

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Despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia y redujo el monto de condena, dejando sin efecto la punición del art. 80 de la LCT. Fundamentos principales:
- La empleadora no acreditó la justa causa de despido por pérdida de confianza, por lo que corresponden las indemnizaciones por despido.
- Respecto a la punición del art. 80 LCT, se dejó sin efecto por considerar que el trabajador no cumplió con la intimación fehaciente prevista en el art. 3 del decreto 146/01.
- Se actualizó el crédito conforme al índice de precios al consumidor más una tasa de interés del 3% anual, sin capitalización.

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