DOMINGUEZ ANSORENA, ALEXIS ANDRES c/ PRODUCTORES DE FRUTAS A.R.T s/RECURSO LEY 27348
El trabajador apeló el monto de incapacidad laboral determinado. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia y fijó un método de actualización del capital de condena más favorable al trabajador.
Impugnación del grado de incapacidad laboral fijado por la Comisión Médica
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó el pronunciamiento de primera instancia y estableció que el capital de condena se actualizará mediante el índice RIPTE desde la primera manifestación invalidante hasta la liquidación, y en caso de mora de la ART se aplicará un interés equivalente a la tasa activa del Banco Nación. Dejó sin efecto las costas y regulaciones de honorarios de primera instancia.
Fundamentos relevantes:
- La Cámara consideró que la aplicación del ajuste por RIPTE más un interés capitalizable posterior (a partir de la mora) resulta adecuado para preservar los valores reconocidos en la sentencia, ya que el régimen de la ley 27.348 no contempla la posibilidad de establecer un interés moratorio desde la primera manifestación invalidante.
- Respecto al método de actualización, la Cámara resolvió que se aplicará la variación del índice RIPTE, sin considerar la reglamentación de la Resolución 1039, por entender que dicho método contraría el texto y espíritu del decreto 669/2019.
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