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URTASUN, EZEQUIEL c/ ATENTO ARGENTINA S.A. s/DESPIDO

El actor promovió demanda por diversos conceptos salariales y extrasalariales derivados de su relación laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia y modificó algunos aspectos relacionados con la naturaleza remuneratoria de ciertos conceptos y el mecanismo de actualización de las condenas.

Actualizacion monetaria Salario Despido Beneficios sociales Certificado de trabajo


¿Quién es el actor?

Ezequiel Urtasun

¿A quién se demanda?

Atento Argentina S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo de diversos conceptos salariales y extrasalariales

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, modificando aspectos relativos a la calificación salarial de ciertas prestaciones y al mecanismo de actualización de los montos adeudados. La Cámara consideró que el uso del teléfono celular y la tarjeta Visa Purchasing otorgados por la empresa al trabajador tenían naturaleza salarial, por lo que debían ser computados como parte de la remuneración. Respecto al certificado de trabajo previsto en el art. 80 LCT, la Cámara entendió que la obligación es de carácter personal del empleador y no puede ser suplida por el tribunal. Finalmente, confirmó el criterio de actualización de los créditos laborales mediante el IPC más un 3% anual de interés.

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