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ANSELMI, ANDREA SILVIA c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y estableció un nuevo método de cálculo y aplicación de intereses sobre las prestaciones por accidente de trabajo.

Intereses Accidente de trabajo Inconstitucionalidad Prestaciones dinerarias Preservacion del valor del credito Ajuste ripte

Prestaciones dinerarias por accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia en cuanto al método de cálculo e imposición de intereses. Dispuso que el IBM se ajuste por RIPTE hasta la liquidación y, luego, se aplique un interés equivalente a la tasa activa del Banco Nación hasta el efectivo pago, capitalizándose semestralmente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La tasa de interés prevista en la ley 27.348 resulta insuficiente para preservar el valor del crédito.
- El decreto 669/19 que estableció el ajuste por RIPTE y la posterior aplicación de intereses es más favorable para preservar el valor del crédito.
- La reglamentación de la Resolución 1039/19 de la SSN sobre el ajuste es inconstitucional.
- Los honorarios regulados se consideran razonables.

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