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ROA, ANIBAL ASUNCION c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Trabajador accidentado promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia para aplicar un nuevo criterio de actualización y cálculo de intereses.

Intereses Honorarios Actualizacion monetaria Accidente de trabajo Capital indemnizatorio Ripte

Accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia para recalcular el capital diferido a condena utilizando la variación del índice RIPTE (según Decreto 669/2019) y aplicar intereses del 6% anual. Confirmó el resto de la sentencia. La Cámara señaló que, ante la descalificación por la CSJN de las Actas CNAT 2783 y 2784 que aplicaban a casos anteriores a la Ley 27.348, correspondía aplicar el régimen especial de riesgos del trabajo con el nuevo criterio fijado jurisprudencialmente, a fin de determinar una pauta de justicia conmutativa que comulgue con la justicia social. Por tanto, ordenó el recálculo del capital indemnizatorio con aplicación del RIPTE y un interés del 6% anual. Asimismo, confirmó los honorarios profesionales regulados.

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