PEREDA, MARIA TRINIDAD c/ COTO C.I.C. S.A. s/DESPIDO
La actora promovió demanda por despido incausado. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y consideró que el despido fue justificado por la presentación de un certificado médico adulterado, pero mantuvo la indemnización por falta de entrega de los certificados laborales.
- Actor: María Trinidad Pereda
- Demandado: Coto C.I.C. S.A.
- Objeto: Despido incausado
- Decisión: Se revoca la sentencia de primera instancia y se considera que el despido fue justificado por la presentación de un certificado médico adulterado, pero se mantiene la indemnización por falta de entrega de los certificados laborales.
Fundamentos:
- Se acreditó que el certificado médico presentado por la trabajadora para justificar sus inasistencias era adulterado, lo que configuró una pérdida de confianza que permitió el despido con justa causa.
- Sin embargo, se confirmó la condena por falta de entrega de los certificados laborales, ya que la demandada no acreditó haberlos puesto efectivamente a disposición de la trabajadora.
- Se declara la inconstitucionalidad de las normas que prohíben la indexación de los créditos laborales, y se actualiza el monto de condena según el IPC más una tasa de interés del 3% anual.
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