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FELICES, HERNAN LUCIANO c/ RIGECIN LABS S.A. s/DESPIDO

El actor promovió demanda por diversos créditos laborales. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y aumentó los montos indemnizatorios por despido y otros rubros.

Creditos laborales Despido incausado Multa art 132 bis lct Remuneracion base indemnizacion

Actor: Hernán Luciano Felices Demandado: Rigecin Labs S.A. Objeto: Cobro de diversos créditos laborales por despido. Decisión: La Cámara confirmó la condena al pago de indemnizaciones laborales, pero revocó el cálculo de la remuneración base, ordenando que se tome el salario bruto y no el neto. También rechazó la procedencia de la multa del art. 132 bis LCT. Fundamentos:
- La demandada no logró acreditar la causa justificante del despido, por lo que correspondía la condena por despido incausado.
- La remuneración base de la indemnización debe calcularse sobre el salario bruto devengado y no sobre el neto, conforme la jurisprudencia que entiende que las retenciones previsionales también integran la remuneración.
- Para la procedencia de la multa del art. 132 bis LCT se requiere que el trabajador haya intimado el pago de los aportes adeudados más los intereses y multas, lo que no sucedió en el caso.

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