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ZABALA, JOSE DANIEL c/ LA SEGUNDA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y ordenó recalcular la prestación dineraria con aplicación del índice RIPTE y un interés puro del 6% anual.

Intereses Incapacidad laboral Actualizacion monetaria Accidente de trabajo Dano psiquico Ripte


¿Quién es el actor?

José Daniel Zabala

¿A quién se demanda?

La Segunda ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios derivados de un accidente de trabajo (entorsis de tobillo izquierdo)

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y ordenó recalcular la prestación dineraria condenatoria ($1.021.463,53) con aplicación del índice RIPTE desde la fecha del siniestro (17/10/2021) hasta el momento de la liquidación del art. 132 LO, más un interés puro del 6% anual durante el mismo período. Confirmó la decisión de primera instancia en cuanto a la procedencia del daño psíquico. Fundamentos principales:
- La Cámara consideró que el daño psíquico es independiente del daño físico y que la pericia psicológica acreditó la existencia de alteraciones en la salud mental del actor a raíz del accidente.
- Respecto a la actualización, estableció que debe realizarse conforme el decreto 669/2019, aplicando el índice RIPTE al ingreso base mensual desde la fecha del siniestro y hasta el momento de la liquidación, más un interés puro del 6% anual.
- En caso de mora en el pago, corresponde la capitalización semestral de intereses a la tasa activa del Banco Nación.

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