MENA, HECTOR ALBANO c/ OMINT ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor reclamó incapacidad psicológica derivada de accidente laboral. La Cámara modificó la sentencia y redujo el monto de la condena en concepto de daño psicológico.
Incapacidad psicológica derivada de accidente laboral
- Decisión: La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, excluyendo el porcentaje de incapacidad psicológica fijado por el perito (10%) y estableciendo una incapacidad física del 4,04% T.O. La Cámara también declaró inconstitucional la aplicación de intereses según el Decreto 669/19, disponiendo que los intereses se devenguen de acuerdo al promedio de la tasa activa del Banco Nación.
- Fundamentos:
- Los dictámenes periciales no tienen carácter de prueba legal, y el juez puede apartarse de ellos si lo considera fundado en las reglas de la sana crítica.
- No se advierte relación causal entre el daño físico y el daño psicológico cuantificado por el perito, por lo que se excluye este último del monto de condena.
- Corresponde aplicar la tasa de interés promedio del Banco Nación, declarando la inconstitucionalidad del Decreto 669/19 sobre intereses.
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