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ECHEVERRIA, MARIA CRISTINA c/ DIA ARGENTINA S.A. Y OTROS s/DESPIDO

La actora reclamó diversos créditos laborales que fueron parcialmente acogidos por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, que modificó algunos aspectos del fallo de primera instancia.

Responsabilidad solidaria Despido Creditos laborales Sueldo anual complementario Multa ley 24 013 Adicional antiguedad Adicional presentismo

Cobro de diversos créditos laborales por despido
- Decisión: La Cámara hizo lugar parcialmente a la apelación de la actora, ordenando al perito contador determinar el monto definitivo de condena incluyendo los adicionales de antigüedad y presentismo, más el sueldo anual complementario (SAC) correspondiente. Sin embargo, rechazó el reclamo de las multas previstas en los arts. 10 y 15 de la Ley 24.013. Confirmó la condena solidaria a DIA ARGENTINA S.A.
- Fundamentos principales:
- Los adicionales de antigüedad y presentismo corresponden a la actora según la categoría laboral de Cajera B del CCT 130/75.
- El SAC debe calcularse sobre las diferencias salariales reconocidas.
- No se acreditaron los presupuestos legales para la aplicación de las multas de los arts. 10 y 15 de la Ley 24.013.
- La condena solidaria a DIA ARGENTINA S.A. se fundamenta en lo dispuesto en el art. 30 de la LCT, sin que la quejosa haya criticado concretamente esos argumentos.

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