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URZAGASTI, JIMENA DANIELA c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La actora promovió demanda reclamando el reconocimiento de incapacidad psicofísica por accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y confirmó el porcentaje de incapacidad determinado, pero dispuso la aplicación del sistema de capitalización por única vez a la fecha de notificación del traslado del recurso.

Accidente de transito Intereses Incapacidad psicofisica Codigo civil y comercial Capitalizacion Ley 27 348


- Actor: Jimena Daniela Urzagasti
- Demandado: Provincia ART S.A.
- Objeto: Reclamo de reconocimiento de incapacidad psicofísica por accidente de tránsito
- Decisión: La Cámara confirmó el porcentaje de incapacidad del 16,22% pero modificó la sentencia de primera instancia en cuanto a la tasa de intereses, disponiendo la aplicación de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del Banco de la Nación Argentina, con capitalización por única vez a la fecha de notificación del traslado del recurso. Fundamentos principales:
- El informe pericial médico determinó que la actora presentaba una Reacción Vivencial Anormal Neurótica (R.V.A.N.) de Grado II, con incapacidad psicofísica del 16,22%, por lo que se confirmó este aspecto.
- En cuanto a los intereses, correspondía aplicar la tasa prevista en el art. 11 de la Ley 27.348, pero debía adicionarse la capitalización dispuesta en el art. 770 inc. b) del Código Civil y Comercial.
- No correspondía aplicar índices de actualización como el IPC o RIPTE, ya que la fórmula tarifada de la Ley 27.348 ya contenía una actualización salarial.

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