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URZAGASTI, JIMENA DANIELA c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La actora promovió demanda reclamando el reconocimiento de incapacidad psicofísica por accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y confirmó el porcentaje de incapacidad determinado, pero dispuso la aplicación del sistema de capitalización por única vez a la fecha de notificación del traslado del recurso.

Accidente de transito Intereses Incapacidad psicofisica Codigo civil y comercial Capitalizacion Ley 27 348


¿Quién es el actor?

Jimena Daniela Urzagasti

¿A quién se demanda?

Provincia ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo de reconocimiento de incapacidad psicofísica por accidente de tránsito

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó el porcentaje de incapacidad del 16,22% pero modificó la sentencia de primera instancia en cuanto a la tasa de intereses, disponiendo la aplicación de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del Banco de la Nación Argentina, con capitalización por única vez a la fecha de notificación del traslado del recurso. Fundamentos principales:
- El informe pericial médico determinó que la actora presentaba una Reacción Vivencial Anormal Neurótica (R.V.A.N.) de Grado II, con incapacidad psicofísica del 16,22%, por lo que se confirmó este aspecto.
- En cuanto a los intereses, correspondía aplicar la tasa prevista en el art. 11 de la Ley 27.348, pero debía adicionarse la capitalización dispuesta en el art. 770 inc. b) del Código Civil y Comercial.
- No correspondía aplicar índices de actualización como el IPC o RIPTE, ya que la fórmula tarifada de la Ley 27.348 ya contenía una actualización salarial.

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