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TIBAU SARAPURA, YESICA ESMERALDA NOEMI c/ SWISS MEDICAL ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La trabajadora reclamó indemnización por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia, acogiendo en parte el reclamo con una nueva metodología de cálculo de intereses sobre los montos indemnizatorios.

Intereses Indemnizacion Accidente de trabajo Ipc Capitalizacion Poder adquisitivo

Indemnización por accidente de trabajo
- Decisión: La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, estableciendo que el crédito se actualice por la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) informado por el INDEC, más un interés puro del 3% anual. Los intereses devengados se capitalizarán una única vez a la fecha de notificación de la demanda. Fundamentos relevantes:
- Se consideró al IPC como parámetro objetivo para valorar la pérdida de poder adquisitivo de los créditos laborales y alimentarios.
- Se fijó un interés puro del 3% anual para retribuir al trabajador por la privación del capital.
- Se estableció una única capitalización de intereses a la fecha de notificación de la demanda, conforme el art. 770 inc. b) del Código Civil y Comercial.

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