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ACOSTA, JORGE EZEQUIEL RICARDO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor interpuso recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia. La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó la sentencia apelada, con excepción de la reducción de los honorarios del perito médico.

Intereses Indemnizacion Accidente de trabajo Honorarios profesionales Incapacidad fisica y psicologica

Indemnización por incapacidad física y psicológica derivada de un accidente de trabajo.
- Decisión: La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, salvo en la reducción de los honorarios del perito médico. Consideró que el daño psicológico del actor se debía en parte a su propia personalidad preexistente, por lo que redujo la incapacidad psicológica al 5%. Respecto a los intereses, confirmó que deben calcularse desde la primera manifestación invalidante. En cuanto a los honorarios profesionales, redujo los del perito médico pero confirmó los del resto de las partes.
- Fundamentos principales: La Cámara entendió que si bien el perito médico detectó un cuadro psicológico compatible con una RVAN de grado II que le generaba al actor un 10% de incapacidad, este daño se debía en parte a la propia personalidad del trabajador, por lo que consideró prudente fijar la incapacidad psicológica en 5%. Respecto a los intereses, confirmó que deben calcularse desde la primera manifestación invalidante conforme a la ley 27.348. Finalmente, redujo los honorarios del perito médico por considerarlos excesivos.

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