NUÑEZ, NESTOR PASTOR c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El trabajador reclamó indemnización por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y determinó el cálculo de los intereses sobre el monto indemnizatorio.
Indemnización por accidente de trabajo
- Decisión: La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, estableciendo que al capital indemnizatorio se le deben adicionar intereses conforme a las pautas fijadas en el voto. Se confirma el resto de la sentencia.
Fundamentos relevantes:
- Se consideró que correspondía aplicar el régimen de intereses previsto en el Decreto 669/2019, que establece la aplicación del índice RIPTE más un interés puro del 6% anual.
- Se señaló que ante el retraso en la publicación de los índices RIPTE, se debe adoptar como punto de partida el índice RIPTE correspondiente a tantos meses anteriores a la fecha de la contingencia como meses transcurrieron desde el último RIPTE publicado al momento de practicarse la liquidación.
- En caso de mora, se capitalizarán todos los accesorios calculados en la liquidación y, al producido, se le aplicarán nuevos intereses, con capitalización semestral desde la mora judicial y hasta la efectiva cancelación del crédito, conforme al interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina.
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