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FACAL, OSCAR ANIBAL c/ INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido incausado contra el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que consideró la existencia de un contrato de trabajo entre las partes.

Relacion de dependencia Diferencias salariales Contrato de trabajo Despido incausado Principio de primacia de la realidad Presuncion de laboralidad

Despido incausado y diferencias salariales
- Decisión: Se confirma la sentencia que consideró la existencia de un contrato de trabajo entre las partes y condenó al pago de las indemnizaciones por despido. Los fundamentos principales de la decisión son:
- La ley 27.742 no puede aplicarse retroactivamente por afectar la seguridad jurídica.
- Existe una presunción de existencia de relación laboral (art. 23 LCT) que la demandada no logró desvirtuar.
- Se aplica el principio de primacía de la realidad, prevaleciendo los hechos por sobre la forma contractual.
- El actor estaba sujeto a las directivas y control de la demandada, evidenciando una relación de dependencia.
- No procede considerar que el actor haya renunciado a derechos laborales por su silencio.
- Procede el cálculo de diferencias salariales tomando en cuenta la remuneración que debió percibir el actor.

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