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ORTIZ, HUGO EZEQUIEL c/ ART INTERACCION S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor reclamó indemnización por accidente in itinere. La Cámara modificó parcialmente el fallo y dispuso que los intereses se calculen exclusivamente con el CER.

Intereses Costas Incapacidad Accidente in itinere Fondo de reserva Cer

Indemnización por accidente in itinere
- Decisión:
- Se confirma el porcentaje de incapacidad determinado en la pericia.
- Se deja sin efecto la condena al Fondo de Reserva, debiendo determinarse su responsabilidad en la etapa de liquidación.
- Se confirma la sentencia en cuanto a la condena a la ART, con la salvedad de que los intereses se calcularán exclusivamente con el CER.
- Se imponen las costas de primera instancia a la ART demandada.
- Las costas de Alzada se imponen en el orden causado.
- Se regulan los honorarios de los letrados en Alzada en el 30% de lo que les corresponda por la instancia previa. Fundamentos relevantes:
- El perito médico ponderó adecuadamente las lesiones y discriminó las patologías no relacionadas con el accidente laboral.
- La responsabilidad del Fondo de Reserva se limita a la etapa de ejecución y cuando la ART no pueda afrontar el pago.
- Respecto a los intereses, se siguen los precedentes de la Sala que establecen que solo corresponde el CER, sin otros accesorios.

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