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QUISPE, ORLANDO ARIEL c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió reclamo por accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y ordenó la aplicación de la actualización por el índice RIPTE más una tasa de interés del 6% anual.

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Accidente laboral
- Ley especial
- Decisión: La Cámara modificó la sentencia de primera instancia para ordenar que el monto de condena se actualice por el índice RIPTE más un interés del 6% anual hasta la fecha de liquidación, momento a partir del cual se aplicará el interés establecido en el art. 12 de la Ley 24.557 (texto DNU 669/2019).
- Fundamentos: El tribunal señaló que los criterios adoptados por la Cámara en materia de intereses han sido descalificados por la CSJN. Consideró que corresponde aplicar el índice RIPTE más un interés del 6% anual, de acuerdo a la doctrina vigente. No obstante, discrepó parcialmente en cuanto al momento hasta el cual se aplica ese criterio, entendiendo que a partir de la liquidación del art. 132 LO, debe aplicarse el interés previsto en el art. 12 de la Ley 24.557.

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