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SIGNORELLO, FERNANDO CLAUDIO c/ PROVINCIA ART s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor reclamó el reconocimiento de daño psicológico y la modificación de los accesorios del crédito. La Cámara modificó la sentencia, reconociendo el daño psicológico y ordenando la actualización del capital con intereses.

Intereses Actualizacion monetaria Dano psicologico Accidente de trabajo Trastorno de estres postraumatico

Reconocimiento de daño psicológico y modificación de accesorios del crédito por accidente de trabajo
- Decisión: Se hace lugar parcialmente al recurso de apelación. Se reconoce el daño psicológico sufrido por el actor y se modifica la sentencia de primera instancia ordenando la actualización del capital por el índice RIPTE más un 6% de interés anual no capitalizable hasta la liquidación, y posteriormente la aplicación de la tasa activa del Banco Nación hasta el efectivo pago. Los fundamentos principales de la decisión son:
- El legislador laboral contempla el trastorno de estrés postraumático como una respuesta tardía o diferida a un evento estresante y abrumador, pudiendo afectar a trabajadores que sufren accidentes de trabajo graves.
- Para que exista daño psíquico debe mediar una perturbación patológica de la personalidad con adecuado nexo causal al hecho dañoso.
- En el caso, el actor sufrió un grave accidente de tránsito que puso en riesgo su vida y le provocó importantes lesiones, por lo que es razonable reconocer que esto afectó emocionalmente al trabajador.
- Respecto a los accesorios, corresponde la actualización del capital por RIPTE más un 6% de interés anual no capitalizable hasta la liquidación, y luego la tasa activa del Banco Nación hasta el efectivo pago, para mantener el valor adquisitivo de la condena.

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