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PAZ, JUAN RAMON c/ ASOCIART ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y ordenó aplicar intereses con un criterio más favorable al trabajador.

Intereses Accidente de trabajo Inconstitucionalidad Indice de precios al consumidor Nominalismo rigido

Accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia, disponiendo que el monto de condena devengue intereses conforme a un criterio más favorable al trabajador. Se declaró la inconstitucionalidad de las normas que imponen un nominalismo rígido y solo admiten la aplicación lineal de tasas bancarias, por no cubrir la depreciación operada. Se ordenó actualizar el crédito por el IPC más un 3% anual de interés puro. Fundamentos relevantes:
- "Desde tal posicionamiento, cabe admitir el planteo revisor formulado con el alcance pretendido puesto que, en base a los antecedentes referidos, en el fallo "Anton" antes mencionado este Tribunal entendió que no existen motivos para otorgarle un disímil tratamiento a los reclamos por el resarcimiento de los daños psicofísicos consolidados con posterioridad al 5/3/2017 (fecha de entrada en vigencia de la ley 27348) y a los originados en contingencias anteriores a esa fecha."
- "Por lo tanto, en razón de las citas legales y jurisprudenciales efectuadas, no se advierten motivos para continuar efectuando una diferencia de trato a los créditos diferidos a condena de trabajadores accidentados anteriores y posteriores a la sanción de la ley 27348. Tampoco respecto del resto de los reclamos que tramitan por ante este fuero."

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