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MOLINA, JORGE c/ SANIRAP S.A. s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido incausado. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó la sentencia de primera instancia y ordenó el pago de indemnizaciones laborales actualizadas judicialmente ante la insuficiencia de la tasa de interés prevista legalmente.

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Indemnizaciones por despido incausado e importes de la liquidación final

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar a la demanda, confirmando el despido incausado, pero modificó el monto de condena. Declaró la inconstitucionalidad de la prohibición de indexación de créditos laborales y ordenó la actualización de los montos por aplicación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) con más una tasa de interés del 3% anual. Los principales fundamentos fueron:
- El despido fue acreditado por la prueba informativa remitida al Correo Oficial. La empresa no justificó la extinción.
- La empresa no acreditó haber abonado las indemnizaciones y conceptos de la liquidación final adeudados.
- La prohibición de indexación de créditos laborales (art. 7 ley 23.928) resulta inconstitucional ante la insuficiencia de las tasas de interés para mantener el valor adquisitivo del crédito, afectando el derecho de propiedad y la tutela del trabajador contra el despido arbitrario.
- Corresponde aplicar la actualización por IPC más una tasa de interés del 3% anual para preservar el valor del crédito.

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