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RIVERO, JORGE OMAR c/ SOCORRO MEDICO PRIVADO S.A. Y OTRO s/BENEFICIO LITIGAR S/GTOS

El actor promovió incidente sobre beneficio de litigar sin gastos. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia y dispuso imponer las costas de alzada en el orden causado.

Costas Beneficio de litigar sin gastos Apelacion Trabajo

¿Qué se resolvió en el fallo?

El Sr. Rivero promovió un incidente sobre beneficio de litigar sin gastos contra la empresa "Socorro Médico Privado S.A." y otro. La jueza de primera instancia hizo lugar al beneficio. Las demandadas apelaron dicha resolución. La Sala X de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia. El tribunal consideró que si bien las costas deben ser soportadas por la parte vencida, existen excepciones previstas en el art. 68 del CPCCN que facultan al juez a eximir al perdedor total o parcialmente de la condena en costas cuando existiere mérito para ello. Teniendo en cuenta la naturaleza del reclamo y las circunstancias del caso, propuso confirmar la distribución de costas decidida en la instancia anterior. Asimismo, impuso las costas de alzada en el orden causado, dada la falta de réplica de la contraria.

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