SIGAMPA, ENRIQUE RICARDO c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por incapacidad psíquica derivada de un accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y estableció un monto indemnizatorio mayor de acuerdo al Decreto 669/19.
Incapacidad psíquica por accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, estableciendo un monto indemnizatorio mayor de acuerdo al Decreto 669/19 vigente al momento del accidente. El juez de primera instancia había desestimado el reclamo por incapacidad psíquica por considerar que el informe pericial carecía de fundamentos objetivos para determinar dicha incapacidad. La Cámara confirmó este punto, señalando que la valoración del nexo de causalidad corresponde a los jueces, quienes deben evaluar las circunstancias del caso concreto. Sin embargo, la Cámara modificó el cálculo indemnizatorio, determinando que correspondía aplicar el Decreto 669/19 vigente al momento del accidente, en lugar de la normativa posterior. En tal sentido, calculó el ingreso base mensual actualizado por el índice RIPTE, y aplicó los intereses previstos en dicho decreto, llegando a un monto total de $578.183,59.
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