DIAZ RAMON ENRIQUE c/ QBE ARGENTINA S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó el monto de la condena y la forma de actualización de los intereses.
Indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó el fallo de primera instancia, fijando un monto de condena de $36.144 y ordenando la aplicación de intereses desde la fecha del siniestro (01/12/2009) calculados con el índice RIPTE más 6% anual hasta el 16/05/2011, momento en el cual se descontará la suma ya percibida por el trabajador. El monto resultante seguirá devengando intereses conforme los parámetros establecidos. Asimismo, dejó sin efecto las costas impuestas al actor por el rechazo de la acción civil.
Fundamentos principales:
- Existe incertidumbre respecto a las circunstancias del accidente, ya que hay contradicciones entre lo denunciado por el actor y lo surgido de la prueba.
- Corresponde aplicar la normativa vigente al momento del siniestro (anterior a la Ley 26.773), por mandato de la Corte Suprema de Justicia.
- Respecto a los accesorios, corresponde aplicar el índice RIPTE más una tasa del 6% anual, sin capitalizar, hasta la fecha de pago parcial, y luego la tasa activa del Banco Nación hasta el efectivo pago.
- Las costas deben imponerse por su orden, atendiendo a las particulares circunstancias del caso.
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