LEGUIZAMON, DANIEL MARCELINO Y OTRO c/ GALENO ART S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por reparación sistémica derivada de un accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y declaró la inconstitucionalidad de las normas que prohíben la indexación, a fin de evitar la desprotección del crédito del trabajador.
¿Quién es el actor?
LEGUIZAMON DANIEL MARCELINO Y OTRO
¿A quién se demanda?
GALENO ART S.A. Y OTRO
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reparación sistémica derivada de un accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y declaró la inconstitucionalidad de las normas que prohíben la indexación, a fin de actualizar el capital de condena conforme al IPC INDEC desde el momento de exigibilidad y hasta el pago efectivo, más una tasa pura del 3% anual.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Cámara consideró que si bien las leyes que prohíben la indexación fueron dictadas en un contexto económico diferente, su aplicación en la actualidad ha generado un efecto lesivo en los créditos de carácter laboral o alimenticio, al no aplicarse índices de actualización similares a los utilizados en otros ámbitos.
- No obstante, el régimen especial de accidentes de trabajo prevé una fórmula de cálculo del IBM que incorpora el índice Ripte como variable de actualización salarial, por lo que declarar la inconstitucionalidad de las normas prohibitivas de indexación afectaría derechos constitucionales de las partes.
- En este caso, la tasa de interés prevista en el art. 11 de la ley 27.348 no resulta suficiente para compensar la pérdida del valor adquisitivo del crédito, por lo que corresponde aplicar la tasa prevista en el Acta CNAT 2658, que acompañó los valores respectivos a la inflación de los años 2017 y 2018.
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