BAEZ, SILVINA GRACIELA c/ SWISS MEDICAL ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y estableció los criterios para el cálculo de los intereses.
Accidente de trabajo
- Ley Especial
- Decisión: La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, con la salvedad de los intereses. Estableció que los intereses deben calcularse desde la fecha del accidente (14/8/2020) conforme a la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del Banco de la Nación Argentina, hasta la notificación de la apelación del dictamen de la Comisión Médica (25/8/2021), momento en el cual se procederá a su acumulación al capital. El nuevo importe así obtenido, con los intereses capitalizados, continuará devengando accesorios a las mismas tasas, hasta el efectivo pago.
- Fundamentos:
- El accidente ocurrió durante la vigencia de la Ley 27.348, por lo que resulta aplicable el art. 11 que sustituyó el art. 12 de la Ley 24.557, que establece la tasa de interés legal. Esta tasa no puede ser soslayada sin una argumentación que la desacredite constitucionalmente o fundamente el apartamiento del sentenciante de su uso en el caso concreto.
- No corresponde aplicar el Decreto 669/19 al considerarse inconstitucional, de acuerdo con lo resuelto recientemente por este Tribunal.
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