BULLON, LUCAS GASTON c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y declaró la inconstitucionalidad de las normas sobre nominalismo monetario, aplicando un sistema de actualización por IPC (o RIPTE) más interés puro del 3% anual.
- Actor: Lucas Gastón Bullón
- Demandado: Provincia ART S.A.
- Objeto: Accidente de trabajo
- Decisión: La Cámara declara la inconstitucionalidad de los arts. 7° de la ley 23.928 y 4° de la ley 25.561 y modifica la sentencia de primera instancia, estableciendo que el crédito de condena se actualice desde la fecha del accidente (18/9/2016) hasta el efectivo pago, de acuerdo al índice de precios al consumidor (IPC) o, en subsidio, al índice RIPTE, más un interés puro del 3% anual.
La Cámara fundamenta su decisión en que la mera adición del capital histórico de las tasas contempladas en el art. 768, inc. c) del Código Civil y Comercial reduce de manera notoria la integridad del crédito laboral, generando un resultado objetivamente injusto. Por ello, corresponde una interpretación armónica de todo el ordenamiento jurídico y sus principios constitucionales, dando preferencia a la normativa propia del derecho social del trabajo para garantizar un legítimo resarcimiento.
Se deja a salvo la opinión personal de una de las juezas en cuanto al guarismo del 3% anual de interés puro.
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