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BULLON, LUCAS GASTON c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y declaró la inconstitucionalidad de las normas sobre nominalismo monetario, aplicando un sistema de actualización por IPC (o RIPTE) más interés puro del 3% anual.

Intereses Actualizacion monetaria Accidente de trabajo Inconstitucionalidad Credito laboral Proteccion al trabajador


¿Quién es el actor?

Lucas Gastón Bullón

¿A quién se demanda?

Provincia ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara declara la inconstitucionalidad de los arts. 7° de la ley 23.928 y 4° de la ley 25.561 y modifica la sentencia de primera instancia, estableciendo que el crédito de condena se actualice desde la fecha del accidente (18/9/2016) hasta el efectivo pago, de acuerdo al índice de precios al consumidor (IPC) o, en subsidio, al índice RIPTE, más un interés puro del 3% anual. La Cámara fundamenta su decisión en que la mera adición del capital histórico de las tasas contempladas en el art. 768, inc. c) del Código Civil y Comercial reduce de manera notoria la integridad del crédito laboral, generando un resultado objetivamente injusto. Por ello, corresponde una interpretación armónica de todo el ordenamiento jurídico y sus principios constitucionales, dando preferencia a la normativa propia del derecho social del trabajo para garantizar un legítimo resarcimiento. Se deja a salvo la opinión personal de una de las juezas en cuanto al guarismo del 3% anual de interés puro.

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