AGUILAR, MARIO FERNANDO c/ CAMPO AUSTRAL S.A. (ANTES ALIMENTOS CALCHAQUI PRODUCTOS 7 SA) Y OTRO s/DESPIDO
El actor apeló la sentencia de primera instancia que fijó los accesorios para el monto de condena. La Cámara declaró la inconstitucionalidad de normas sobre accesorios y modificó los mismos aplicando el índice IPC más un interés puro del 3% anual.
Despido
- Decisión: La Cámara declaró la inconstitucionalidad de los arts. 7° de la ley 23.928 y 4° de la ley 25.561, y modificó parcialmente la sentencia de primera instancia respecto a los accesorios aplicados al monto de condena. Dispuso que al monto de condena se aplique el índice IPC y un interés puro del 3% anual desde la fecha de exigibilidad del crédito y hasta su efectivo pago, salvo el período previo a diciembre de 2016 que se utilizará el índice RIPTE.
- Fundamentos: La Cámara siguió el criterio mayoritario sustentado en otras causas recientes de la Sala, donde se declaró la inconstitucionalidad de las citadas normas y se estableció la actualización por IPC más un 3% de interés anual. Si la liquidación con estos nuevos parámetros resultara más gravosa para la demandada, se tomará como límite el monto de condena fijado en primera instancia para evitar una reformatio in pejus. Se mantuvieron las costas de la anterior instancia a cargo de la demandada. Los honorarios profesionales se regularán sobre el monto de condena que resulte luego de aplicar los nuevos accesorios.
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