CASTADO, IGNACIO LEANDRO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Trabajador demanda por daño psíquico, pero Cámara ratifica que no corresponde indemnizar ante lesiones leves sin secuelas trascendentes.
Daño psíquico por accidente in itinere
- Decisión: Se rechaza el recurso interpuesto por el trabajador.
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo considera que si bien el trabajador sufrió un accidente in itinere, este fue leve y curó sin secuelas físicas, por lo que no corresponde indemnizar por daño psíquico. Señala que para que exista daño psíquico debe mediar una perturbación patológica de la personalidad que guarde adecuado nexo causal con el hecho dañoso, cosa que no se verifica en este caso. Agrega que un simple accidente puede derivar en una neurosis cuando afecta la vida mental, familiar o social del trabajador, lo cual tampoco ocurrió aquí.
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