SILVA, FLAVIA KARINA c/ SWISS MEDICAL ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La trabajadora demandó a la ART por un accidente in itinere. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y redujo el monto de condena, pero confirmó la declaración de inconstitucionalidad de las normas sobre indexación.
La trabajadora Flavia Karina Silva demandó a la ART Swiss Medical Art S.A. por un accidente in itinere. En primera instancia, se hizo lugar a la demanda y se aplicó el pago único previsto en el art. 3 de la Ley 26.773.
La aseguradora demandada apeló, cuestionando la aplicación de dicho pago único por tratarse de un accidente in itinere. La Cámara aceptó este agravio y modificó la condena, deduciendo el adicional del art. 3 de la Ley 26.773.
Por otro lado, la Cámara declaró la inconstitucionalidad sobreviniente de los arts. 7° de la Ley 23.928 y 4° de la Ley 25.561, y dispuso que el crédito se actualice mediante el índice de precios al consumidor (IPC) del INDEC, con una tasa de interés del 3% anual.
Las costas de alzada se impusieron en el orden causado.
Fundamentos principales:
- La Corte Suprema estableció que el pago único del art. 3 de la Ley 26.773 es aplicable solo a accidentes laborales, no a los in itinere.
- La Cámara reiteró su jurisprudencia sobre la inconstitucionalidad sobreviniente de las normas que impedían la adecuada actualización monetaria de los créditos.
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