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WIEDEMANN, ELIZABETH SOLEDAD c/ ASOCIART ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La trabajadora demandó a la ART por incapacidad derivada de un accidente de trayecto. La Cámara confirmó la valoración de la pericia médica que determinó una incapacidad psicofísica del 31,30% y la actualización de la indemnización.

Tasa de interes Incapacidad laboral Actualizacion monetaria Dano fisico Dano psiquico Ripte Accidente de trayecto


- Actor: Elizabeth Soledad Wiedemann
- Demandado: Asociart ART S.A.
- Objeto: Reclamación por incapacidad derivada de accidente de trayecto
- Decisión: La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que reconoció una incapacidad del 21,30% por daño físico y 10% por daño psíquico. Ordenó la actualización de la indemnización por RIPTE y tasa de interés. La Cámara señaló que no es óbice para el reconocimiento del daño psíquico que no se lo hubiera incluido en la denuncia administrativa, ya que la trabajadora reclama la integralidad de las consecuencias del accidente. El informe pericial médico y psicológico fundamentó adecuadamente la existencia de una reacción vivencial anormal neurótica de grado II, con nexo causal con el accidente. Respecto a la actualización, la Cámara confirmó el criterio de actualizar el capital diferido por RIPTE y aplicar una tasa de interés pura del 6% desde el accidente y luego la tasa activa del Banco Nación, a fin de evitar una reforma en perjuicio de la ART recurrente.

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