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JAIMES BAQUERIZO, ANGELO AMADOR c/ PREVENCION ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por accidente in itinere. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia y redujo el porcentaje de incapacidad reconocido, pero dispuso la actualización del crédito con índice de precios al consumidor.

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Indemnización por accidente in itinere

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, reduciendo el porcentaje de incapacidad reconocido del 19,52% al 9,76%. Sin embargo, ordenó la actualización del crédito mediante el índice de precios al consumidor (IPC) más una tasa de interés del 3% anual, desde la fecha del accidente hasta el pago efectivo, por considerar insuficiente la tasa de interés legal prevista. Los fundamentos principales son:
- La Cámara consideró que corresponde aplicar el baremo de la Ley de Riesgos del Trabajo para determinar el porcentaje de incapacidad, descontando el 8% valuado por daño estético, por no generar incapacidad funcional según dicho baremo.
- Respecto a los intereses, la Cámara declaró la inconstitucionalidad de las normas que prohíben la actualización monetaria, por considerar que la tasa de interés legal es insuficiente para compensar la pérdida del valor adquisitivo del crédito en el contexto inflacionario actual.

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