ORIGENES AFJP SA c/ EN -LEY 26425- s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La Cámara Contencioso Administrativa Federal convoca a las partes a una audiencia para obtener elementos necesarios para resolver la controversia.
¿Quién es el actor?
Orígenes AFJP S.A.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (ANSES)
- Objeto de la demanda: Proceso de conocimiento
- Decisión del tribunal: La Cámara Contencioso Administrativa Federal, en uso de sus facultades, convoca a las partes a una audiencia con el fin de contar con todos los elementos necesarios para resolver adecuadamente la controversia. Asimismo, ordena a las partes acreditar en autos copia traducida, autentificada y legalizada de todas las presentaciones realizadas ante el CIADI en el caso ARB/19/11 e informar sobre quienes comparecerán a la audiencia. Suspende el llamado de autos a sentencia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal considera necesario convocar a las partes a una audiencia para obtener todos los elementos que permitan una adecuada solución de la controversia, en virtud de lo manifestado por el Estado Nacional en su presentación. Esto se enmarca en las facultades otorgadas a los jueces por el art. 36 del CPCCN.
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