JORGE, ALBERTO c/ COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS DE CAPITAL FEDERAL s/EJERCICIO DE LA ABOGACIA - LEY 23187 - ART 47
El abogado Alberto Jorge cuestionó la sanción de llamado de atención impuesta por el Tribunal de Disciplina del Colegio Público de Abogados por ejercer la profesión mientras estuvo suspendido. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la decisión del tribunal de disciplina.
¿Quién es el actor?
Abogado Alberto Jorge
¿A quién se demanda?
Colegio Público de Abogados de Capital Federal
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejercicio de la abogacía
- Ley 23.187
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativo Federal rechazó los agravios y confirmó la sentencia del Tribunal de Disciplina que sancionó al abogado Alberto Jorge con un llamado de atención por haber realizado presentaciones judiciales mientras tenía su matrícula suspendida por falta de pago de las cuotas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal consideró probado que el abogado denunciado realizó presentaciones judiciales mientras su matrícula estaba suspendida y que debió regularizar su situación o contratar a otro profesional para que lo representara. Señalaron que el incumplimiento infringe el deber de colaboración establecido en el Código de Ética. Rechazaron el argumento de la defensora sobre el desconocimiento de la notificación, ya que el abogado tenía el deber de mantener actualizado su domicilio en el colegio.
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