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ZINI, JUAN ANTONIO c/ EN-M SEGURIDAD- PSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor reclamó que los adicionales transitorios otorgados por decreto sean considerados remunerativos y bonificables. La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar al reclamo.

Sueldo Fuerzas armadas Adicionales transitorios Bonificable Remunerativo Policia de seguridad aeroportuaria

Que se incorporen en el concepto "sueldo" -con carácter remunerativo y bonificable
- los incrementos salariales otorgados mediante decretos.

¿Qué se resolvió?

La jueza de primera instancia hizo lugar a la demanda, declarando el carácter remunerativo y bonificable de los adicionales transitorios. La Cámara confirmó esta decisión.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

1) Los adicionales transitorios otorgados por decretos al personal de la Policía de Seguridad Aeroportuaria son análogos a los otorgados al personal militar, por lo que corresponde aplicar los precedentes de la CSJN ("Salas", "Borejko") que les reconocen carácter general y remunerativo. 2) Conforme el art. 54 de la Ley 19.101, los incrementos de carácter general deben considerarse bonificables. 3) La condena se extiende hasta la entrada en vigencia de los regímenes aprobados por los decretos 836/08 y 1190/09. 4) La liquidación debe ajustarse a los lineamientos de la CSJN en "Zanotti" e "Ibáñez Cejas".

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