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TELEFONICA MOVILES ARGENTINA SA c/ DNCI s/DEFENSA DEL CONSUMIDOR - LEY 24240 - ART 45

La empresa Telefónica Móviles Argentina S.A. recurrió la sanción impuesta por el Director Nacional de Defensa del Consumidor por incumplimiento de un acuerdo conciliatorio. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la multa.

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¿Quién es el actor?

Dirección Nacional de Defensa del Consumidor

¿A quién se demanda?

Telefónica Móviles Argentina S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación de multa de $140.000 por incumplimiento de acuerdo conciliatorio con consumidor.

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó el recurso de apelación y confirmó la multa impuesta. Los principales fundamentos fueron:
- El acuerdo conciliatorio obligaba a Telefónica a reintegrar $13.299 y aplicar una nota de crédito de $1.857,84, lo cual no se cumplió dentro del plazo de 20 días hábiles previsto.
- El incumplimiento de un acuerdo conciliatorio se considera infracción a la Ley de Defensa del Consumidor, siendo objetiva la responsabilidad sin necesidad de daño concreto.
- La determinación y graduación de la sanción es atribución primaria de la autoridad administrativa, y en el caso no se advirtió arbitrariedad en la multa impuesta.

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